martes, 31 de mayo de 2011

ZONAS ECONOMICAS ESPECIALES DE EXPORTACION EN COLOMBIA

El proceso de Globalización ha tenido diversos niveles de implantación y de acoplamiento, en los cuales, no todas las zonas geográficas han tenido las mismas ventajas frente a dicho proceso. Un eslabón creado para impulsar dicho desarrollo, han sido las Zonas Económicas Especiales de Exportación, para las cuales se ha decidido tener un tratamiento especial y con lo cual se busca una optimización de recursos escasos.
Para el aprovechamiento del proceso de cambio, dichas zonas se han establecido estratégicamente con el fin de impulsar procesos específicos que las harán entrar y participar en la dinámica economía mundial; en algunos casos ha sido más provechosa y en otros no tanto.

En América Latina y el Caribe la 1ra. ZEE fue creada en 1964, en Colombia.
 En Colombia, las ZEEE son 5: Buenaventura, Cúcuta, Ipiales, Tumaco y Valledupar, estas han sido creadas mediante la ley 677 de 2001 en donde el gobierno las establece con el fin de generar nuevas inversiones y atraer  nuevas empresas que se establezcan para fortalecer el proceso de exportación nacional de bienes y servicios mediante la creación de un régimen jurídico especial en materia económica y social para promover su desarrollo a favor del capital privado.

Cuatro de  estas zonas, por estar próximas a las fronteras de nuestros principales socios en comercio exterior, les da un toque particular que, podría denominarse un arma de doble filo, que nos puede proporcionar estabilidad o simplemente una dependencia peligrosa.


El Comité de Selección  es el órgano interinstitucional que analiza, estudia, evalúa y emite concepto sobre la elegibilidad de un proyecto a desarrollar como zona económica especial de exportación. La secretaría técnica del comité de selección estará a cargo de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Este Comité esta conformado así:
Sector Público
·         Ministerio de Comercio   Exterior
·         Ministerio de Agricultura.
·         Ministerio de Trabajo
·         Ministerio de Hacienda
·         Departamento Nacional de Planeación
·         Alcaldes y Gobernadores de las regiones
·         DIAN
·         Colciencias
Sector Privado
·         Cámaras de Comercio
·         Carces
·         Universidades
·         Empresarios
·         Gremios

Para la Solicitud de la declaratoria de existencia de la zona económica especial de exportación el usuario deberá presentar su solicitud acreditando además de los requisitos estipulados.
La duración de  estos proyectos Industriales no pueden ser menor a 5 años ni mayor a 20 años; sin embargo, los proyectos Industriales Agropecuarios deberán exportar la totalidad de los bienes obtenidos con dichas materias desde la puesta en marcha de los respectivos proyectos.

Las ZEEE constituyen un novedoso incentivo a las exportaciones; mediante su operación de actividades agroindustriales, industriales y de servicios; ya que, se utilizan insumos extranjeros que entran bajo régimen de exención de impuestos. Los productos terminados salen a los mercados internacionales habiendo incorporado insumos nacionales sea mano de obra si la operación fue de simple ensamble, de materias primas o componentes nacionales o servicios de agua y energía.

Al facilitar la entrada de materias primas foráneas sin pago de impuestos y sin mayores requisitos de trámites más que los indispensables para asegurar el respeto a las reglas, las ZEEE generan beneficios como: el aumento de los niveles de empleo a trabajadores nacionales, transferencia de tecnología y el desarrollo de la región, focalizando demandas para los proveedores nacionales de componentes e insumos.

Incentivos
  • A la ZEEE se le dará un tratamiento equivalente al de los usuarios industriales de bienes o de servicios de las zonas francas.
  • Tributarios.

  • Las ZEEE gozan de exención del pago de impuestos de renta (35%) y complementarios sobre los ingresos obtenidos por ventas al exterior, y de remesas (7%) para los pagos y transferencias efectuadas al exterior por concepto de intereses y servicios técnicos.
  • Comercio exterior.
  • Están exentas de todos los derechos de importación para los bienes extranjeros (aranceles e IVA). Los productos colombianos que ingresen a la zona son considerados una exportación y obtienen los beneficios otorgados a las exportaciones (Cert y devolución del IVA). Los bienes importados desde la zona sólo causarán derechos de importación sobre el componente extranjero incorporado.
  • Crediticios.
  • Se benefician del acceso a los créditos regulares de entidades financieras bajo las mismas condiciones establecidas para las empresas ubicadas en el resto del país y a las líneas especiales de Bancóldex.
  • Cambiarios.
  • Tienen libertad de posesión y negociación de divisas dentro de la zona, apertura de cuentas corrientes y depósitos de divisas en bancos colombianos o del exterior, financiación para la compra de mercancías sin registro y sin depósito.  No existe la obligación de reintegrar las divisas por exportaciones.
  • Los requisitos para acceder a una ZEEE son: presentar una nueva inversión de por lo menos US$2.000.000, que no puede consistir en la relocalización de industria nacional y fijar un compromiso de que, al menos, el 80% de las ventas o de los servicios de la empresa deben estar destinados a la venta a terceros países.
¿Cuáles son los beneficios que ofrecen las ZEEE's?
  •  Exención en el pago de impuesto de Renta sobre ingresos derivados de las     exportaciones.
  •  Utilidades y giros al exterior no causan impuestos.
  •  Constructores y operadores de obras de infraestructura exentos de impuesto de Renta.
  •  Exención en el pago de aranceles por la importación de bienes de capital, insumos, partes y repuestos.
  •  Régimen laboral más flexible, que garantiza la seguridad social, pero con menores recargos.
  •  En esta materia se permite la contratación de personal sin recargo por nocturnos ni festivos, y se reducen en 50% los aportes de la empresa al Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y a las cajas de compensación. Adicionalmente, se podrán pagar salarios integrales para empleados que devenguen más de 3 salarios mínimos (COL$309.000 para 2002). Es decir, que si bien las relaciones laborales se regirán por el Código Sustantivo del Trabajo, se le aplican las reglas especiales arriba mencionadas (Artículo 15 de la Ley de ZEEE).
  •  En materia aduanera y tributaria, las ZEEE tendrán los mismos incentivos que las Zonas Francas Industriales de bienes y servicios.
  •  Bienes públicos improductivos pueden ser alquilados a las empresas exportadoras.
  •  Los usuarios podrán ser personas jurídicas de cualquier nacionalidad que celebren el contrato de admisión a la zona correspondiente. Para ello se tiene prevista la constitución de una póliza que avale el cumplimiento de todos los compromisos constituidos en el contrato de admisión, y cuyo monto será equivalente al 10% de la inversión.
¿Cómo acceder a los beneficios de las ZEEE's?
  •  Presentación del Proyecto al Comité: Mincomex, DNP, Alcalde, Promotora, Minagricultura.
  •  El comité verifica el cumplimiento de los requisitos de la Ley.
  •  Aprobación del proyecto.
  •  Firma de contrato de contrato y póliza de cumplimiento,
  •  Contratación de empresa de auditoría externa.
  •  Montaje e inicio de proyecto.
·    ¿Cuáles son los usuarios de las ZEEE's?
·      » Usuario Industrial:
     Son las personas jurídicas nacionales o extranjeras que invierten en un proyecto                    industrial  para exportar bienes o servicios.
·      » Usuario Estructurador:
    Son las personas jurídicas que deseen adelantar proyectos en Infraestructura y Educación    Avanzada que ayuden al desempeño de la Zona y demuestren que con su inversión cooperan   al desempeño competitivo de la Zona.
·     
    ¿Cuáles son las condiciones del acceso a las ZEEE's?
·         » Monto mínimo de inversión:
- Dos primeros años de vigencia de la ley: US $ 1.000.000.
- Al tercer año: US $ 1.500.000.
- A partir del cuarto año: US $ 2.000.000.
·         » Compromiso exportador:
- El 80% de la producción debe ser exportada.
- El 100% cuando se utiliza la importación de materias primas agropecuarias importadas.
·         » Otras condiciones de acceso:
- Generación de Empleo.
- Incorporación de tecnologías avanzadas.
- Permanencia en la Zona Económica.
- Producción limpia.
- Encadenamiento con la industria nacional.
- Preservación de aspectos sociales y culturales.
- Ser una inversión totalmente nueva, tener como mínimo un millón de dólares, y exportar       el  80% de la producción. No se aplica el régimen a la relocalización de empresas.

Después de realizar todos los papeleos requeridos los usuarios de la ZEEE deberán constituir y entregar a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, dentro de los quince (15) días siguientes a la suscripción del contrato de admisión, una garantía bancaria o de compañía de seguros por un monto equivalente el diez por ciento (10%) del valor total de la inversión y por un término igual al del contrato y un año más, cuyo objeto será garantizar el cumplimiento de todos los compromisos acordados.

No hay comentarios:

Publicar un comentario